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Torremolinos

Torremolinos mantiene su estatus de Zona de Gran Afluencia Turística

Permite hasta 2020 la libre apertura comercial en los períodos de Semana Santa y verano, además de los autorizados para el conjunto de Andalucía

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  • Ambiente centro

Torremolinos seguirá disfrutando de su estatus como Zona de Gran Afluencia Turística a efectos de horarios comerciales durante los próximos cuatro años y hasta 2020. La declaración garantiza la libre apertura del comercio en todo el conjunto del término municipal para los periodos de Semana Santa -del Domingo de Ramos y Sábado Santo (ambos inclusive)- y el periodo estival -del 1 de julio al 15 de septiembre, también ambos incluidos- para los años 2017, 2018, 2019 y 2020.

El Consejo Andaluz de Comercio informó favorablemente y por unanimidad en su reunión del pasado jueves, 26 de enero, la solicitud cursada en este sentido el 5 de diciembre por el Ayuntamiento de Torremolinos. Este informe positivo ya ha sido recogido por Dirección General de Comercio de la Consejería de Empleo, Empleo y Comercio de la Junta de Andalucía, que en una resolución de este pasado viernes, 27 de enero, concede esa declaración a Torremolinos.

En su decreto, la Dirección General de Comercio refiere el más que acreditado cumplimiento por parte de Torremolinos del requisito que rige para otorgar esta declaración de zona de gran afluencia turística a efectos comerciales de que el número de pernoctaciones diarias en media anual en hoteles y apartamentos turísticos reglados del municipio sea superior al cinco por ciento del padrón de vecinos. Otro requisito añadido para gozar de ese estatus es haber sido declarado ‘Municipio Turístico’ por el Consejo de Gobierno andaluz, y Torremolinos lo es desde el 9 de mayo de 2006.


Cumplimiento de requisitos

Con una población censada de 67.492 habitantes y casi 5,5 millones de pernoctaciones anuales, el informe revela como Torremolinos supera en casi cinco veces ese límite mínimo (una media de 15.000 pernoctaciones diarias frente a los 3.375 que le exige la norma).

A los períodos de libre apertura comercial de Semana Santa y temporada de verano hasta 2020, se sumarán en este 2017 los días 12 de octubre, 26 de noviembre; y 8, 17 y 24 de diciembre, dentro del calendario de diez domingos y festivos autorizados por el Consejo Andaluz de Comercio para todo el territorio andaluz.

Con independencia de lo anterior, la Ley de Comercio Interior de Andalucía establece la plena libertad de apertura comercial durante todo el año para establecimientos que, con carácter general, dispongan de una superficie útil de venta al público inferior a 300 metros cuadrados, a excepción de aquellos que pertenezcan a empresas o grupos de distribución que no tengan la consideración de pyme.

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