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Sevilla

CESS dice que la norma de actividades no se adapta a directiva de UE

El Consejo Económico y Social de Sevilla (CESS) ha aprobado el dictamen sobre la modificación de la Ordenanza Reguladora de Obras y Actividades del Ayuntamiento

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El Consejo Económico y Social de Sevilla (CESS) ha aprobado el dictamen sobre la modificación de la Ordenanza Reguladora de Obras y Actividades del Ayuntamiento hispalense, en el que se propone al equipo de gobierno del socialista Juan Espadas que establezca un "plan de choque" con los medios materiales y personales necesarios para solventar el "atasco" en la tramitación de los expedientes.

Así, tras cuatro años de vigencia de esta norma, aprobada en mayo de 2013, el Ayuntamiento la ha revisado para corregir posibles disfunciones, adaptarse a la nueva Ley de Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas y dar cumplimiento a la normativa autonómica, que establece que únicamente podrán exigirse licencias mediante ley siempre y cuando concurran los principios de necesidad y proporcionalidad.

La modificación de una ordenanza ha sido remitidas por primera vez al CESS, algo que el órgano espera que se remita en similares situaciones y tras lo que ha emitido un dictamen en el que se valora de forma positiva la intención de adecuar la ordenanza a la Directiva 2006/123/CE, aunque entiende que el objetivo "no se consigue, ya que no existe un verdadero único acto administrativo, y siguen siendo dos órganos los que deben actuar para resolver por un lado, la licencia de obra de la Gerencia de Urbanismo, y por otro, la calificación ambiental de Medio Ambiente". "Tampoco contribuye la desaparición en el proyecto del artículo que regula la ventanilla única", añade.


Para el CESS, el "verdadero obstáculo" para que esta ordenanza funcione de forma eficaz y eficiente es la citada división competencial, que hace que "se aleje del espíritu de la Directiva 2006/123/CE del Parlamento Europeo y del Consejo de 12 de diciembre y la ventanilla única", con independencia de la posible modificación de los estatutos de la Gerencia de Urbanismo.

"Si queremos beneficiar al administrado, es necesario un análisis interno de los recursos y de las competencias en esta materia del Ayuntamiento que dé como resultado un verdadero y único acto administrativo con el trabajo unificado y/o coordinado de los técnicos de urbanismo y medio ambiente permitan agilizar la respuesta", incide. Así, indica que en el procedimiento general ordinario apenas si supera el 50 por ciento de resolución de expedientes en 2016, entre aprobados, denegados y desistidos de un total de 1.189 expedientes.

Entre las posibles alternativas, plantea que la unidad de Medio Ambiente quedase integrada en la estructura de la Gerencia o diferenciar la labor de concesión de licencia de obra y actividad de la labor inspectora, "quedando en manos de la Gerencia de Urbanismo la primera, y en manos de Medio Ambiente la segunda".

También, el CESS hace hincapié en la "necesaria efectividad" de los derechos de los interesados reconocidos en el artículo 16, especialmente en el derecho a tramitar los procedimientos sin dilaciones indebidas, y a resolver en el plazo establecido.

Además, el consejo no comparte que para que se le pueda conceder licencia de obra e instalaciones, sin que el procedimiento de calificación ambiental esté resuelto, "el administrado deba renunciar a una indemnización de daños y perjuicios en el caso que éste finalmente no fuera favorable".

VIVIENDAS TURÍSTICAS

Por otra parte, la modificación de la ordenanza amplía el número de actividades que están excluidas del deber de solicitar la licencia de actividad o presentar declaración responsable. El CESS lo valora de forma positiva y en relación a determinadas actividades recogidas en el artículo, como pueden ser la vivienda con fines turísticos, donde espera que "exista la necesaria coordinación con la Junta andaluza para velar por el cumplimiento de los requisitos exigidos y luchar contra la competencia desleal", la venta ambulante u otras actividades.

Asimismo, llama la atención que la Administración esté exenta de cumplir con esta obligación. "Quizás si soportaran las exigencias y plazos que se dan en la aplicación de esta ordenanza, y muchos de los problemas que soportan los administrados, se pondrían los medios necesarios para subsanarlos", advierte.

MERCADOS DE ABASTO

Por otra parte, menciona que en lo relativo a las actividades autorizadas en el interior de los mercados de abasto municipales, por lo "genérico" de su redacción, puede provocar "inseguridad jurídica" y "por los riesgos que puede entrañar una ampliación de las actividades que se puedan desarrollar en estos mercados, que pueden vulnerar obligaciones de zona saturada o incluso realizar competencia desleal de determinadas actividades".

Igualmente, detalla que sí se exige licencia o en actividades de impacto comunitario cuando la superficie útil de la actividad sea superior a 1.000 metros cuadrados, nuevos centros sanitarios y centros educativos de enseñanza reglada con superficie útil superior a 750 metros cuadros. "Cuando no se superen estas superficies se consideran actividades excluidas de licencia", incide.

Por último, el CESS entiende que no corresponde regular en esta ordenanza las posibles limitaciones de actividad en los establecimientos que presenten fachada en la Carrera Oficial de Semana Santa.

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