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Almería

Condenado por lograr que una niña de 12 años le enviase fotos íntimas

El Tribunal Supremo (TS) ha ratificado en firme la pena de cinco años de prisión impuesta a un hombre de 34 años

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  • Tribunal Supremo. -

El Tribunal Supremo (TS) ha ratificado en firme la pena de cinco años de prisión impuesta a un hombre de 34 años que contactó vía WhatsApp con una niña de 12 años, cuya confianza se ganó hasta lograr que le mandará fotografías de carácter íntimo.

El Alto Tribunal considera acreditado que cometió un delito agravado de utilización de menores para la elaboración de material pornografíco dada la edad de la víctima y desestima el recurso de casación interpuesto por la defensa contra el fallo de la Audiencia Provincial de Almería.

El acusado negó en su impugnación la naturaleza sexual de las imágenes que le envió la niña pero el tribunal remarca que eran fotografías remitidas a petición de él mismo e "imágenes claras donde se aprecían los órganos sexuales", además de "tendentes a la excitación sexual con la que se utiliza a la menor".

"Las fotografías se han de considerar claramente como material pornográfico, fueron solicitadas por el procesado y enviadas por la menor, por lo que no puede ser tachada de ilógica o arbitraria la valoración de la prueba que hizo el tribunal de instancia", subraya el Supremo en una resolución consultada por Europa Press.

El Alto Tribunal también rechaza que, tal y como argumentó el acusado, no fuera conocedor de la edad de la víctima ya que esta "quedó clara desde el principio de las conversaciones" o que, según su versión, no le pidiera las citadas imágenes.

Así, señala que, del móvil de la niña, se extrajeron tres fotografías muy íntimas y alude a la testifical de la madre, quien se hizo pasar por su hija, llamó por teléfono al acusado y "le recriminó cómo había sido capaz de hacer eso, momento en el que él le reconoció haber mantenido conversaciones con la menor".

El Supremo hace alusión, asimismo, a la declaración de la propia hermana del acusado, quien manifestó que "sabía que hablaba con una niña y que le dijo que no lo hiciera, pero él no le hizo caso".

Los hechos se remontan a 2014 cuando el acusado mantuvo contacto por esta aplicación de mensajería instantánea con la niña. Tras ganarse su confianza, las conversaciones entre ambos comenzaron a tener "contenido sexual" hasta el punto de que le pidió que le mandara las citadas fotografías, petición a la que ella accedió.

Todo esto causó que la niña se sintiera "avergonzada y humillada", por lo que la Audiencia Provincial le condenó al pago de 6.000 euros de indemnización. Al margen de la pena privativa de libertad, el procesado deberá cumplir cinco años de libertad vigilada.

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