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Martes 23/04/2024  

Andalucía

La Junta dice que la incorporación de interinos en 2023 serán casos "excepcionales"

El anteproyecto de Ley de Presupuestos ecoge que la Junta "podrá proceder a la incorporación de nuevo personal en el sector público andaluz"

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  • Funcionarios atendiendo al público en una sede de la administración de la Junta de Andalucía. -

El anteproyecto de Ley de Presupuestos de la Comunidad Autónoma de Andalucía para 2023 recoge que la Junta "podrá proceder a la incorporación de nuevo personal en el sector público andaluz" durante el próximo ejercicio, aunque vuelve a descartar la contratación de personal laboral temporal y el nombramiento de personal estatuario temporal o de funcionario interino "salvo en casos excepcionales y para cubrir necesidades urgentes e inaplazables".

El apartado relativo a la Oferta de Empleo Público (OPE) del anteproyecto de Ley del Presupuesto para 2023, consultado por Europa Press, mantiene la línea de los últimos ejercicios y permite la incorporación de nuevo personal al sector público andaluz "hasta el máximo que se establezca por la legislación básica estatal".

En el caso de las agencias de régimen especial, agencias públicas empresariales, sociedades mercantiles, consorcios y fundaciones, el anteproyecto de presupuestos establece que "la tasa de reposición del personal laboral no incluido en el VI Convenio Colectivo de la Administración de la Junta de Andalucía será la establecida con carácter máximo por la legislación básica del Estado, siempre que quede debidamente motivada la necesidad de la tasa para la adecuada prestación del servicio o para la realización de la actividad".

No obstante, la Junta precisa que estas disposiciones "no serán de aplicación a la incorporación de nuevo personal que pueda derivarse de la ejecución de procesos selectivos correspondientes a ofertas de empleo público de ejercicios anteriores, ni al Parlamento de Andalucía y las instituciones de él dependientes".

Junto a ello, el anteproyecto de presupuestos también determina que la tasa de reposición "podrá acumularse en aquellos sectores, cuerpos, especialidades, escalas o categorías profesionales cuya cobertura se considere prioritaria o que afecten al funcionamiento de los servicios públicos esenciales o, dentro de los mismos, en aquellos cuerpos, especialidades o escalas cuya cobertura se considere prioritaria o que afecten al funcionamiento de servicios públicos esenciales".

PERSONAL LABORAL TEMPORAL O INTERINO SOLO PARA "NECESIDADES INAPLAZABLES"

Por el contrario, respecto a la contratación de personal temporal o el nombramiento de personal estatutario temporal o de funcionario interino, el texto vuelve a establecer que "no se procederá" en 2023 en el sector público andaluz "salvo en casos excepcionales y para cubrir necesidades urgentes e inaplazables".

En la misma línea, la Junta plantea que la contratación de personal con carácter fijo, indefinido o temporal en agencias de régimen especial, agencias públicas empresariales, sociedades mercantiles del sector público andaluz, consorcios y fundaciones "requerirá autorización" de la Consejería de Justicia, Administración Local y Función Pública, que también será necesaria para los "contratos de puesta a disposición con empresas de trabajo temporal".

Además para mantener la "necesaria coordinación en todos los ámbitos del sector público andaluz" en materia de control y seguimiento de gastos de personal y evolución de plantillas, las agencias y entidades del sector público empresarial deberán solicitar autorización de la Consejería de Justicia, Administración Local y Función Pública "con carácter previo a la aplicación del porcentaje correspondiente de la tasa de reposición". Dichas autorizaciones deberán emitirse "en el plazo de un mes desde la recepción del expediente completo" y de 15 días "cuando se trate de contrataciones temporales financiadas íntegramente con recursos ajenos al presupuesto de la Junta de Andalucía".

En el caso de las fundaciones de investigación sanitaria, la contratación temporal de personal para proyectos específicos de investigación científica y técnica "podrá articularse mediante autorizaciones-tipo de
carácter anual" por la Consejería de Justicia, Administración Local y Función Pública, "que se pronunciará,
en el plazo de un mes desde la recepción del expediente completo, sobre la propuesta general de contratos
que se efectúe para el conjunto de la anualidad" salvo para las contrataciones de investigador distinguido "que se someterán, en todo caso, al correspondiente procedimiento de autorización".

CASOS EXCEPCIONALES

Con carácter general, la contratación de personal laboral temporal para programas específicos o necesidades estacionales durante 2023 se limitará a "casos excepcionales y para cubrir necesidades urgentes que no puedan ser atendidas por el personal laboral fijo" y su duración "estará sujeta a la finalización del caso excepcional o la necesidad urgente que motivó su contratación y tendrá como límite el plazo máximo que permita la normativa laboral en función de la causalidad de las contrataciones temporales, de conformidad con las disponibilidades
presupuestarias".

Tanto las contrataciones como las prórrogas que puedan producirse se efectuarán con cargo al capítulo I del presupuesto de gastos y requerirán la autorización de la Consejería de Justicia, Administración Local y Función Pública, que será emitida en el plazo de un mes a contar desde la recepción del expediente completo, "previo informe favorable" de la Consejería de Economía, Hacienda y Fondos Europeos.

Para el nombramiento de personal funcionario interino "por razones expresamente justificadas de necesidad y urgencia originadas por exceso o acumulación de tareas", el anteproyecto de presupuestos fija como condiciones que la duración "no podrá ser superior a nueve meses dentro de un periodo de 18", precisará autorización de la Consejería de Justicia, Administración Local y Función Pública en el plazo de un mes y no podrá ocupar plazas de la relación de puestos de trabajo (RPT).

En el caso de programas financiados con fondos europeos, se establecen las mismas condiciones y la duración "no podrá exceder la de la ejecución de los programas a los que se adscriba" ni ser "superior a tres años, ampliables hasta 12 meses más". Además los nombramientos requerirán autorización de la Consejería de Hacienda en el plazo de un mes y el personal funcionario interino nombrado por este motivo "no ocupará plazas de la RPT".

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