El Tribunal Superior de Justicia de Andalucía ha dictado sentencia a favor de la Entidad Urbanística de Conservación "Parques de Sotogrande" y la Comunidad de Propietarios de Apartamentos Playa y Casas de Río de Puerto de Sotogrande, estimando los recursos contencioso-administrativos promovidos y anulando la autorización de tarifas de agua potable por no ajustarse a derecho.
Tras conocerse la sentencia, de fecha 23 de enero, el portavoz de PIVG, Jesús Mayoral, ha remitido una nota en la que argumenta que "en contra de los argumentos del PIVG defendiendo que la distribución de agua se debe tratar como una tasa y no como un precio o tarifa, para salvar el escollo que la concesionaria privada tenía en el Ayuntamiento de San Roque con este partido, logró que el resto de partidos de una forma desafortunada a pesar de ir contra el interés ciudadano, se traspasase a la Mancomunidad la competencia de este servicio".
Esgrime, además, que "como siempre el PP y el PSOE por el pacto de los servicios públicos, tienen como único interes mantener una Mancomunidad en la que uno y otro vienen gobernando por inereses partidistas. Con la anuencia de USR y PA que solo eran comparsas por estar en el equipo de Gobierno de Palma que llevó la propuesta".
Recuerda asímismo que PIVG ya advirtió en su momento que la cesión supondría una subida de las tarifas de este servicio. "Casi de inmediato la Mancomunidad a petición de la concesionaria sin velar por los intereses de los ciudadanos, impulsó hace casi tres años un expediente de subidas de la tarifa de agua en Sotogrande y Pueblo Nuevo de Guadiaro, aprobándose una subida de golpe, del 30 por ciento", añade Mayoral.
El Partido Independiente Valle del Guadiaro, que considera "un atropello" este proceso, prestó todo su apoyo de aportación de datos y defensa a los colectivos de ciudadanos afectados, Sotogrande y Pueblo Nuevo de Guadiaro que reciben este servicio, para que se interpusiesen recursos al TSJA.
Se congratulan ahora de que "el esfuerzo parece dar sus frutos y desde el PIVG, felicitamos a los colectivos afectados por buscar justicia donde la Mancomunidad y anteriormente el Ayuntamiento de San Roque (excepto el PIVG) no han defendido sus intereses".
Para PIGV la sentencia del TSJA que anula la autorización de tarifas de agua potable por no ajustarse a derecho, "realmente se trata de una tasa en la que solo pueden entrar los costes del servicio y no de un precio público o tarifa subiendo la barbaridad de un 30 por ciento de una vez".
La resolución del TSJA, no es firme y cabe ser recurrida en casación ante la Sala. Desde PIGV esperan que "la sala lo desestime y la haga firme si es que ejercen el derecho al recurso pues por los fundamentos de derecho y la prolija jurisprudencia a que hace mención viene a dictaminar que al margen de como se realice la concesión administrativa las contrasprestaciones que satisface el usuario deben ser calificadas como tasas y el establecimiento de precios públicos por el suministro de agua potable es contrario a lo establecido en los artículos 20 y 41 de la ley de Hacienda Local".
El Partido Independiente Valle del Guadiaro recuerda también que están recurridas las tasas de basura en el TSJA.