Unidas Podemos y Vox llegarán al buzón de miles de electores que solicitaron no recibir propaganda electoral en los comicios del próximo 10 de noviembre, y podrán sortear esa petición gracias a su decisión de no personalizar los envíos y de remitir un 'mailing' genérico a cada vivienda.
Según datos aportados por el Instituto Nacional de Estadística (INE), un total de 810.367 personas son las que pidieron no recibir propaganda electoral para estas elecciones, que suponen la repetición de las generales del pasado 28 de abril por la imposibilidad que ha habido de formar gobierno.
Fuentes del INE consultadas por Europa Press han explicado que la iniciativa que puso en marcha el organismo era para que los ciudadanos interesados solicitasen su "exclusión de la copia del censo electoral que se entrega a los partidos para el envío de su propaganda electoral".
AL RESIDENTE, NO A LA PERSONA
Sin embargo, muchas de estas personas se encontrarán con sobres de Unidas Podemos y de Vox en sus domicilios. Esto se debe a que estos partidos no hacen uso de los datos del censo para sus envíos, sino que remiten la propaganda de forma genérica a cada domicilio.
Vox ha decidido recurrir a esta fórmula para todo el territorio y envía un único sobre --adornado con los colores de la bandera de España-- a cada vivienda, independientemente de sus ocupantes. "Electores residentes en...", reza en el membrete de las misivas de Vox.
Por su parte, Unidas Podemos sí que enviará propaganda personalizada utilizando el censo en algunas provincias, pero lo hará de forma genérica en otras circunscripciones, según han explicado fuentes de la coalición a Europa Press.
LA JUNTA ELECTORAL NO LO IMPIDE
Esta práctica es aceptada por la Junta Electoral, que en una reciente resolución --recogida por Europa Press-- subraya que la difusión de propaganda electoral por las formaciones políticas mediante el sistema de 'buzoneo' no incurre en contradicción con la petición de los electores para que sus datos no sean cedidos a los partidos.
"Esta Junta considera que la previsión establecida en el apartado 3 del artículo 39 de la LOREG, en el sentido de que los electores pueden oponerse a su inclusión en las copias del censo electoral que se faciliten a los representantes de las candidaturas para realizar envíos postales de propaganda electoral, no resulta aplicable a la difusión de propaganda electoral por las formaciones políticas mediante el sistema de 'buzoneo', puesto que en este caso se deposita propaganda electoral sin ningún tipo de identificación del destinatario", justifica la Junta Electoral.
"En estos supuestos las formaciones políticas no utilizan los datos personales de los electores, por lo que no queda afectado el derecho de oposición que éstos puedan formular", continúa en su respuesta a una pregunta hecha al respecto por un representante de la coalición Más País-Chunta Aragonesista-Equo.