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Sevilla

Fiscalía recurre para que condenen a prisión permanente al violador

Ha recurrido ante el TSJA para que sea condenado a prisión permanente revisable por violar y asesinar en febrero del 2016 a una chica en el parque de Mª Luisa

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  • El único acusado -

La Fiscalía de Sevilla ha recurrido ante el Tribunal Superior de Justicia de Andalucía para que Francisco Morillo Suárez sea condenado a prisión permanente revisable por violar y asesinar en febrero del 2016 a una mujer en el parque de María Luisa, según han informado a Efe fuentes judiciales.

La iniciativa de la Fiscalía se produce tras la sentencia de 39 años de cárcel dictada contra el agresor y asesino por la sección primera de la Audiencia, que descartó aplicarle la prisión permanente, como pidió por primera vez en Sevilla el Ministerio Público durante el juicio.

En el recurso, la Fiscalía recuerda "la gravedad de los hechos enjuiciados, que no pueden ser sino calificados como de una brutalidad extrema, a la que se añade la crueldad final con la que culmina su acción" el condenado.


La prisión permanente revisable se incluyó en la reforma del Código Penal del 2015 para castigar delitos de extrema gravedad, como en este caso, subraya la Fiscalía después de explicar que el condenado violó a una mujer a la que encontró en estado de somnolencia por las pastillas que tomó, aunque no eran analgésicas ni anestésicas, por lo que sufrió mientras se desangraba.

En el recurso, la Fiscalía reflexiona sobre el término "subsiguiente" incluido en el apartado 2 del artículo 140 del Código Penal, que la sentencia calificó como "ambiguo" y con "vaguedad semántica" respecto a la temporalidad de los hechos y que fue una de las bases para no aplicar la prisión permanente revisable.

El tribunal dijo que "algunos autores señalan que 'basta que medien dos horas entre un hecho y otro para que no se pueda apreciar esta circunstancia de agravación'" de la condena.

"En este caso -continúa el tribunal- se ignora el tiempo que media entre la agresión sexual y el fallecimiento por la hemorragia derivada de las graves lesiones sufridas por la víctima".

Sin embargo, la Fiscalía afirma que el término subsiguiente "tiene una connotación mucho más profunda, no solo temporal, sino sobre todo en la esencia de la acción del sujeto", ya que aborda el asesinato "como parte de una misma realidad ontológica" en su comportamiento.

Entre el delito contra la libertad sexual y el asesinato debe existir, además de un nexo temporal, "una íntima vinculación" y deben estar concebidos ambos dentro de un solo proyecto criminal, señala la Fiscalía antes de hacer hincapié en que eso es más trascendente que el tiempo entre la ejecución de uno y otro delito.

La Fiscalía explica que el propio tribunal destacó la "brutalidad" de lo ocurrido, y agrega que el condenado agredió sexualmente en dos ocasiones a la mujer, y en la segunda le provocó una hemorragia abundante que el agresor pudo advertir y que finalmente le causó la muerte.

Sin embargo, en vez de llamar a un médico para que la atendieran, se limpió la sangre, la visitó y la trasladó a otro lugar cercano "dejándola abandonada a su suerte", como dijo el tribunal en su sentencia y recuerda la Fiscalía.

En la sentencia, la Audiencia condenó al hombre, de 46 años, a 24 años de prisión por el asesinato y a otros 15 años por la agresión sexual, aunque el límite de cumplimiento lo estableció en 30 años, y también le condenó a pagar 100.000 euros a los padres de la víctima y 25.000 a la hermana.

Los hechos probados explican que el condenado "venía alimentando en privado fantasías sexuales visionando imágenes y vídeos de sexo explícito del tipo sadomasoquista relativas a violaciones múltiples y sometimiento de mujeres mediante penetraciones anales a través de determinadas páginas de internet".

La tarde del 23 de febrero, el condenado se fue al parque, lugar al que solía ir a espiar parejas y mantener encuentros sexuales, y encontró adormecida a Sara, una periodista que "decidió, como en otras ocasiones anteriores, reclamar la atención de sus familiares y amigos", por lo que se tomó las pastillas que seis días antes le recetó su psiquiatra, según la sentencia.

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